
Hasta 6.000 € | 19 % |
De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
Más de 300.000 € | 30 % |
Las entidades financieras españolas aplican una retención del 19 % en concepto de IRPF antes de abonar los intereses, y comunican esta información a la Agencia Tributaria. Por ello, estos datos aparecen en el borrador de la declaración, aunque conviene verificar siempre que las retenciones sean correctas en la casilla 0588.
En el caso de los productos de ahorro de entidades europeas, el contribuyente debe añadir los intereses a su declaración. En concreto, los intereses de depósitos y cuentas de ahorro deben consignarse en el apartado B de rendimientos del capital mobiliario, en la casilla 0027: intereses de cuentas, depósitos y activos financieros en general.
Es importante comprobar los importes declarados para evitar errores. Además, conocer cómo tributa cada producto financiero es clave para una planificación fiscal eficiente, ya que los impuestos afectan a la rentabilidad final.
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Estos productos bancarios son de bajo riesgo y hasta 100.000 € por depositante y banco están protegidos por el Fondo de Garantía de Depósitos del país de la entidad.
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