
Desde el 8 de abril, los contribuyentes podrán presentar su declaración de forma online a través del servicio Renta WEB, donde será posible consultar el borrador, revisar los datos fiscales y presentar la declaración utilizando Cl@ve PIN, certificado digital o número de referencia.
Para presentar la declaración por teléfono, el plazo es del 6 de mayo hasta el 30 de junio, aunque será necesario solicitar cita previa entre el 29 de abril y el 27 de junio. Durante la llamada, un técnico de la Agencia Tributaria elaborará la declaración con los datos disponibles y los facilitados por el contribuyente.
Para quienes prefieran la atención presencial, las citas podrán pedirse a partir del 29 de mayo, y las declaraciones se realizarán entre el 1 y el 30 de junio en las oficinas de la Agencia Tributaria. En caso de declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, el plazo límite será el 25 de junio.
Del 8 de abril al 30 de junio de 2026. | Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026. | Del 1 al 30 de junio de 2026. |
Sin cita previa. | Cita previa del 29 de abril al 29 de junio. | Cita previa del 29 de mayo al 29 de junio. |
Además, Hacienda ha confirmado los distintos métodos de pago disponibles: domiciliación, cargo en cuenta, NRC, tarjeta, transferencia instantánea o documento de ingreso en una entidad colaboradora.
En cuanto a las personas obligadas a presentar la declaración, deberán declarar quienes hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 € procedentes de un solo pagador o más de 15.876 € en caso de tener varios. También están obligados los autónomos y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, mientras que los perceptores de prestaciones por desempleo podrían quedar exentos si se aprueba el decreto correspondiente.
Con este calendario, Hacienda busca facilitar un proceso más ágil, digital y accesible, adaptado a las distintas necesidades de los contribuyentes.
Los intereses generados por depósitos y cuentas de ahorro contratados a través de Raisin deben incluirse en la declaración de la Renta como rendimientos del capital mobiliario, dentro del apartado de intereses y otros rendimientos obtenidos por cuentas o productos financieros. Estos ingresos se añaden a la base imponible del ahorro, con tipos impositivos del 19 al 30 %.
Cada banco colaborador de Raisin emite un certificado fiscal anual con los intereses brutos y, en su caso, las retenciones aplicadas. Con esta información, el contribuyente puede declarar correctamente los intereses obtenidos durante el ejercicio fiscal. Si los intereses proceden de entidades españolas, aparecen automáticamente en el borrador de la Renta.