Impuesto sobre Sociedades 2026: qué es, cuándo se presenta y cómo se calcula

El Impuesto de Sociedades (IS) es el principal instrumento de fiscalidad directa para las personas jurídicas en España. En 2026, las empresas deben prestar especial atención a los nuevos tramos impositivos del régimen transitorio.

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Última actualización: 25/02/2026

En pocas palabras

  • El Impuesto sobre Sociedades grava el beneficio de las personas jurídicas. El tipo general es del 25 %.
  • La fecha límite para presentar la declaración anual del ejercicio 2025 es el 27 de julio.
  • Se aplican tipos reducidos a algunas empresas, como las de nueva creación o startups.

  • Este tributo permite compensar las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores para así reducir la cuota a pagar.

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?

El Impuesto sobre Sociedades es un tributo periódico que recae sobre el beneficio neto de las empresas. A diferencia de la declaración de la Renta, que grava la renta de las personas físicas, el IS grava el beneficio de las personas jurídicas.

El hecho imponible de este tributo consiste en la obtención de renta por parte del sujeto pasivo, con independencia de su fuente u origen. Por su parte, la base imponible se determina a partir del resultado contable de la entidad y debe ajustarse mediante las correcciones fiscales que dictaminan las normativas vigentes para el ejercicio fiscal 2025 (que se presenta en 2026).

¿Quién debe pagar el Impuesto sobre Sociedades en España?

La obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades recae sobre todas aquellas entidades que posean personalidad jurídica propia (excepto las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil) y tengan su residencia legal en España.

Excepciones del Impuesto de Sociedades

No todas las organizaciones con actividad económica están sujetas al IS. Las principales excepciones son:

  • Autónomos: los trabajadores por cuenta propia son personas físicas. Por tanto, tributan por sus beneficios según los tramos del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a través del modelo 100). 
  • Comunidades de bienes y sociedades civiles sin objeto mercantil: al carecer de personalidad jurídica propia para efectos tributarios o no realizar actividades comerciales, sus rentas se atribuyen directamente a los socios o comuneros en el Régimen de Atribución de Rentas.
  • Otros: el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos.

Asimismo, están parcialmente exentos los colegios profesionales, los partidos políticos, las ONG, las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones profesionales. 

Tipos impositivos Impuesto sobre Sociedades 2026

El tipo impositivo general del Impuesto sobre Sociedades en 2026 es del 25%. No obstante, existe una reducción progresiva y gradual de los tipos impositivos para las pequeñas empresas (con bajo volumen de operaciones y base imponible). Esto se conoce como régimen transitorio 2024-2029.

A continuación puedes ver una tabla que resume los tipos impositivos según el tipo de empresa:
Tipo de entidadTipo aplicableNota

S.L. / S.A.

25 %.

Tipo general estándar para la mayoría de empresas.

Microempresas y pymes

21 % y 22 % a partir de 50.000 €.

INCN (importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €.

Empresas de nueva creación

15 %.

Este tipo impositivo solo es aplicable durante los dos primeros ejercicios fiscales con beneficios.

Cooperativas fiscalmente protegidas

20 %.

Régimen especial de protección fiscal. Tipo general. 12 % si es de nueva creación; 18 % si es micropyme; un 19 % para micropymes a partir de 50.000 €.

Fondos de inversión, fondos de activos bancarios, SICAV y fondos de regulación del mercado hipotecario

1 %.

Régimen especial IIC.

Entidad patrimonial

25 %.

Entidad que gestiona un conjunto de bienes o activos que no están afectos a ninguna actividad empresarial.

Entidades de crédito

30 %

También para entidades que se dediquen a la explotación, investigación y exploración de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos

Fondos de pensiones

0 %.

Aunque el tipo sea del 0 %, hay que presentar el IS.

Cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades: plazos y fechas clave 2026

El Impuesto sobre Sociedades es una declaración anual que se presenta a través del modelo 200. En 2026, el plazo de presentación es del 1 al 27 de julio o del 1 al 22 de julio si el resultado de la autoliquidación es positivo y se opta por la domiciliación bancaria.

Además, las entidades deben cumplir con los pagos fraccionados a cuenta a través del modelo 202. En concreto, este modelo se debe presentar durante los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre.

Cómo se calcula el Impuesto sobre sociedades

Los trabajadores por cuenta ajena actualizan su información personal a través del modelo 145. Sin embargo, no existe un modelo equivalente ni para calcular los impuestos de los autónomos ni para el Impuesto sobre Sociedades. Si tienes una empresa y quieres tener estimar lo que pagará tu sociedad, los siguientes pasos pueden ayudarte:

  • Paso 1: determina el resultado contable, o lo que es lo mismo, anota y calcula los ingresos y los gastos de tu empresa.
  • Paso 2: aplica los ajustes fiscales, esto es, las diferencias permanentes o temporales entre contabilidad y ley fiscal.
  • Paso 3: para reducir la base imponible, compensa las bases imponibles negativas de ejercicios fiscales anteriores.
  • Paso 4: aplica el tipo impositivo correspondiente según el tipo de empresa que seas (por ejemplo, tipo general del 25 % o tipo reducido del 15 % si es una empresa de nueva creación).  
  • Paso 5: aplica las deducciones en la cuota, como la deducción por I+D.
  • Paso 6: resta los pagos fraccionados y las retenciones

Ley del Impuesto sobre Sociedades: marco normativo de 2026

El marco normativo de 2026 consolida la adaptación de la fiscalidad española a los estándares internacionales de transparencia y digitalización. Para ello, se establecen las siguientes bases legales para las  empresas:

  • Pilar Dos de la OCDE: tipo impositivo mínimo global del 15 % para grupos multinacionales con una facturación superior a 750 millones de euros. De esta forma se busca armonizar la tributación corporativa internacional.
  • Reserva de Capitalización: se permite reducir la base imponible si se destinan beneficios al incremento de fondos propios, fomentando la autofinanciación frente al endeudamiento.
  • Deducciones por I+D+i: incentivos para la innovación tecnológica de la empresa. Se exigen certificaciones más rigurosas para garantizar que los beneficios fiscales se vinculen a proyectos de valor real.

  • Régimen de Startups: se protege el estatus de las empresas emergentes certificadas con un tipo reducido del 15 % durante un máximo de cuatro ejercicios fiscales.
  • Control y Digitalización: la normativa de 2026 exige que la contabilidad y la facturación electrónica sigan criterios de integridad, conservación y trazabilidad ante la AEAT. A partir de 2027, las empresas deberán contar con el sistema Verifact.

Preguntas frecuentes del Impuesto sobre Sociedades

Si la empresa no ha obtenido beneficios, sigue siendo obligatorio presentar el modelo 200 ante la AEAT. En este caso, no se generará una cuota a pagar, pero se podrán registrar bases imponibles negativas (BINs) y compensarlas cuando la empresa tenga beneficios.

El sistema Verifactu se encuentra en fase de adopción técnica. Será obligatorio utilizarlo en 2027.
Las sociedades deben realizar pagos fraccionados a cuenta mediante el modelo 202. Estos ingresos se efectúan en los meses de abril, octubre y diciembre. Después, se restan de la cuota final del Impuesto sobre Sociedades.

Un vez al año, ya que es un tributo anual.

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Fuente: página web de la Agencia Tributaria.

* El contenido tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal o legal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria.