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Actualizado el: 17 de septiembre de 2026

Jubilación anticipada involuntaria: ¿quién puede solicitarla?

La jubilación anticipada involuntaria permite a los trabajadores jubilarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria, siempre que el cese laboral se haya producido por causas ajenas a su voluntad. Pero ¿cuánto se cobra y cuáles son los requisitos? Sigue leyendo y descubre todos los detalles con Raisin.

En pocas palabras

  • Es cuando un trabajador se jubila antes de llegar a la edad de jubilación ordinaria por motivos ajenos.

  • Las causas pueden ser varias, como un ERE o despido objetivo, por extinción del contrato o cambios de las condiciones del contrato.

  • Se puede solicitar cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación y el periodo de cotización mínimo es de 33 años.

  • Si te preocupa tu jubilación, empieza a ahorrar con productos de ahorro como los depósitos a plazo fijo y las cuentas de ahorro, que te dan intereses por tu dinero.

¿Qué es la jubilación anticipada involuntaria?

La jubilación anticipada involuntaria es un tipo de jubilación en la que un trabajador, por motivos ajenos, quiere retirarse antes de alcanzar la edad de jubilación establecida. Es decir, hay una causa que le obliga a abandonar su actividad laboral.

Aunque cotices al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y cobres la prestación por cese de actividad, la ley no considera este cese como causa habilitante para la modalidad involuntaria. Si eres autónomo, solo podrás acceder a la jubilación anticipada voluntaria, lo que exige tener al menos 35 años cotizados y adelantar tu retiro un máximo de 24 meses respecto a la edad ordinaria.

Causas que dan derecho a la jubilación anticipada involuntaria

Para que la Seguridad Social acepte tu solicitud bajo la modalidad involuntaria, la extinción de tu contrato laboral debe estar motivada por alguna de las causas reguladas en el Artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS):

  • Despido colectivo (ERE): extinción motivada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (Art. 51 del Estatuto de los Trabajadores).
  • Despido objetivo: extinción individual por causas económicas o técnicas (Art. 52.c del ET).
  • Concurso de acreedores: extinción contractual acordada por el juez en situaciones de insolvencia empresarial.
  • Fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario individual: o la extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
  • Fuerza mayor: supuestos imprevistos o inevitables constatados por la autoridad laboral.
  • Violencia de género: cuando la trabajadora se ve obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo.
  • Movilidad geográfica o modificación sustancial de condiciones: extinción decidida por el trabajador tras un traslado obligado o cambios sustanciales en su contrato (Art. 40.1, 40.2 y 41.3 del ET), o por incumplimiento grave del empleador (Art. 50 del ET).

En las causas por despido objetivo, ERE o modificación de condiciones, debes aportar el justificante de haber cobrado la indemnización correspondiente o la copia de la demanda judicial presentadas si no la has recibido.

Diferencias entre la jubilación anticipada involuntaria y otros tipos de jubilación

Jubilación anticipada involuntariaJubilación anticipada voluntariaJubilación forzosa

Quién inicia el cese

La empresa, por una causa externa.

El trabajador.

La empresa, por convenio colectivo.

Causa

ERE, despido, extinción del contrato, etc.

Motivo personal del trabajador.

El trabajador ha alcanzado la edad ordinaria de jubilación y el contrato de trabajo se extingue porque lo permite un convenio colectivo.

Cuándo se puede jubilar

Cuatro años antes de la edad ordinaria.

Dos años antes de la edad ordinaria.

Al alcanzar la edad ordinaria.

Cotización mínima

33 años.

35 años.

La mínima establecida para ese año.

¿Cuál es la edad de jubilación anticipada involuntaria en España?

En España se puede acceder a la jubilación anticipada involuntaria hasta 48 meses antes de la edad ordinaria de jubilación, esto es, cuatro años antes. Ten en cuenta que la edad ordinaria de jubilación no es siempre la misma, ya que durante los próximos años va a ir aumentando hasta alcanzar los 67 años. 

En 2026 se puede tener la jubilación anticipada involuntaria a partir de los 62 años y 10 meses si el trabajador ha cotizado menos de 38 años y tres meses, o desde los 61 años si el trabajador tiene 38 años y tres meses o más cotizados.

Periodo de cotización mínimo para la jubilación anticipada involuntaria

El periodo de cotización mínimo para acceder a la jubilación anticipada involuntaria es de 33 años, de los cuales al menos dos deben haberse trabajado en los últimos 15 años anteriores a la solicitud. Asimismo, el trabajador debe haber estado inscrito como demandante de empleo durante seis meses o más.

El servicio militar, la prestación social sustitutoria y el servicio social femenino también forman parte del periodo cotizado con un máximo de un año, pero no se computará la parte proporcional por pagas extraordinarias.

¿Cuánto se cobra por jubilación anticipada involuntaria?

Para calcular cuánto se cobra por jubilación anticipada involuntaria, primero hay que calcular la base reguladora con las bases de cotización de los últimos 25 años y aplicar un coeficiente según el número de años trabajados. Para cobrar toda tu pensión en 2026, necesitas haber cotizado 36 años y seis meses como mínimo. Sin embargo, a partir de 2027 este requisito subirá hasta, al menos, 37 años de cotización para alcanzar ese máximo. Después, se aplican los coeficientes reductores de la jubilación anticipada involuntaria de la siguiente tabla:

Menos de 38 años y 6 meses cotizados

Más de 38 años 6 meses cotizados

Más de 41 años y 6 meses cotizados

Igual o más de 44 años y 6 meses cotizados

Meses que se adelanta la jubilación

% reducción

% reducción

% reducción

% reducción

48

30,00

28,00

26,00

24,00

47

29,38

27,42

25,46

23,50

46

28,75

26,83

24,92

23,00

45

28,13

26,25

24,38

22,50

44

27,50

25,67

23,83

22,00

43

26,88

25,08

23,29

21,50

42

26,25

24,50

22,75

21,00

41

25,63

23,92

22,21

20,50

40

25,00

23,33

21,67

20,00

39

24,38

22,75

21,13

19,50

38

23,75

22,17

20,58

19,00

37

23,13

21,58

20,04

18,50

36

22,50

21,00

19,50

18,00

35

21,88

20,42

18,96

17,50

34

21,25

19,38

18,42

17,00

33

20,63

19,25

17,88

16,50

32

20,00

18,67

17,33

16,00

31

19,38

18,08

16,79

15,50

30

18,75

17,50

16,25

15,00

29

18,13

16,92

15,71

14,50

28

17,50

16,33

15,17

14,00

27

16,88

15,75

14,63

13,50

26

16,25

15,17

14,08

13,00

25

15,63

14,58

13,54

12,50

24

15,00

14,00

13,00

12,00

23

14,38

13,42

12,46

11,50

22

13,75

12,83

11,92

11,00

21

12,57

12,00

11,38

10,00

20

11,00

10,50

10,00

9,20

19

9,78

9,33

8,89

8,40

18

8,80

8,40

8,00

7,60

17

8,00

7,64

7,27

6,91

16

7,33

7,00

6,67

6,33

15

6,77

6,46

6,15

5,85

14

6,29

6,00

5,71

5,43

13

5,87

5,60

5,33

5,07

12

5,50

5,25

5,00

4,75

11

5,18

4,94

4,71

4,47

10

4,89

4,67

4,44

4,22

9

4,63

4,42

4,21

4,00

8

4,40

4,20

4,00

3,80

7

4,19

4,00

3,81

3,62

6

3,75

3,50

3,25

3,00

5

3,13

2,92

2,71

2,50

4

2,50

2,33

2,17

2,00

3

1,88

1,75

1,63

1,50

2

1,25

1,17

1,08

1,00

1

0,63

0,58

0,54

0,50

Estos mismos coeficientes se aplican a las personas que accedan a la jubilación anticipada voluntaria cobrando el subsidio por desempleo desde hace tres meses o más.

Además, a las personas que accedan a la jubilación anticipada involuntaria con una pensión mayor a la pensión máxima, se les aplicará un coeficiente reductor trimestral del 0,5 % sobre la pensión máxima hasta un máximo de un 8 % de reducción (lo que se aplicaba antes de la Reforma de las Pensiones de 2021). Este coeficiente reductor del 0,5 % no se aplica a personas con discapacidad o a personas que hayan tenido una jubilación anticipada debido a un trabajo de naturaleza tóxica, peligrosa, penosa o insalubre.

¿Qué ocurre si tu pensión teórica supera la pensión máxima legal?

Si al calcular tu base reguladora el importe resultante supera el límite máximo de pensión fijado por la ley para ese año, la penalización no se aplica directamente sobre tu base calculada.

En su lugar, se aplica un coeficiente reductor específico sobre el tope máximo de pensión (regulada en la Disposición Transitoria 34ª de la LGSS). Este régimen transitorio busca amortiguar el impacto de la reducción en los sueldos más altos para que el recorte sea progresivo.

Cómo solicitar la jubilación anticipada involuntaria paso a paso

  • Acredita con documentación que el cese de la actividad laboral fue involuntario.
  • Inscríbete como demandante de empleo en el SEPE.
  • Cobra la prestación por desempleo. Este es un requisito obligatorio para solicitar la jubilación anticipada forzosa.
  • Si no tienes la edad mínima de acceso estipulada, espera a cumplir la edad establecida para ese año.
  • Solicita la jubilación en la Seguridad Social. Puedes hacerlo online, por teléfono o en oficina.
  • La Seguridad Social resolverá tu solicitud y determinará la pensión que te corresponde.

Ventajas y desventajas de la jubilación anticipada involuntaria

Beneficios para el trabajador

  • Acceso a la jubilación cuatro años antes de la edad ordinaria: es una solución al desempleo prolongado o al cese no voluntario.
  • Menores coeficientes reductores: estos coeficientes reductores implican una pérdida menor en la pensión.
  • Protección en situaciones de despido: el trabajador puede acceder a una pensión aunque no consiga reincorporarse al mercado laboral.
  • Acceso a prestaciones contributivas completas: el trabajador mantiene el derecho a una pensión contributiva con todos los efectos legales.

Desventajas para el trabajador

  • Reducción de la pensión: aunque los coeficientes son más favorables que en la jubilación voluntaria, cada mes de adelanto reduce tu pensión de forma permanente. La penalización se aplica mensualmente y supone una reducción total que varía entre un 0,50 % y un 30,00 %, dependiendo de los meses que adelantes tu retiro y de los años que hayas cotizado.
  • Menor base reguladora final: al dejar de trabajar antes, el trabajador deja de cotizar, lo que reduce la base reguladora y, por tanto, el cálculo de la pensión.
  • Efecto acumulativo a largo plazo: una reducción del 10 al 20 % en la pensión mensual puede suponer una pérdida considerable en ingresos totales durante los años de jubilación.

A esto hay que sumar que es obligatorio demostrar que el cese fue involuntario, haber estado inscrito como demandante de empleo y cumplir los años mínimos exigidos de cotización. Estos requisitos pueden excluir a algunos trabajadores.

Alternativas para minimizar la penalización

Para minimizar la penalización tienes varias opciones:
  • Jubilación parcial con contrato de relevo: permite reducir la jornada laboral y compatibilizar trabajo y pensión parcial hasta llegar a la edad ordinaria.
  • Convenios especiales con la Seguridad Social: si no cotizas tras el despido, puedes seguir aportando voluntariamente para mantener o mejorar tu base reguladora.
  • Subsidio para mayores de 52 años: el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sigue cotizando por ti para la jubilación por el 125 % de la base mínima vigente. En muchos casos, mantener este subsidio hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación te permite seguir acumulando derechos de cotización sin asumir un recorte permanente en tu pensión. Solicitar la jubilación anticipada involuntaria antes de tiempo extingue el subsidio y fija una penalización de por vida de entre el 0,50 % y el 30,00 %. Por ello, es aconsejable calcular ambas opciones antes de tomar una decisión.
  • Convenio especial: si has agotado la prestación por desempleo y no puedes acceder al subsidio, puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social. Te permite abonar voluntariamente tus cuotas para evitar que aparezcan periodos sin cotizar en tus últimos años laborales.

Si te preocupa ahorrar para la jubilación, puedes optar por productos de ahorro como los depósitos a plazo fijo y las cuentas remuneradas, protegidos hasta 100.000 € por depositante y banco por el sistema de garantía de depósitos del país de la entidad

Preguntas frecuentes sobre la jubilación anticipada involuntaria

Puedes acceder a la jubilación anticipada involuntaria hasta 48 meses antes de la edad ordinaria de jubilación.

La reducción depende del tiempo que hayas cotizado y de los meses que adelantes la jubilación. Según estos dos datos, se aplican unos coeficientes reductores u otros. 

Sí, y se debe acceder a la prestación por desempleo antes de solicitar la jubilación anticipada involuntaria.

El periodo de cotización mínimo para acceder a la jubilación anticipada involuntaria es de 33 años.

Sí, siempre y cuando tengas derecho a otras prestaciones y sean compatibles.

Sí, si cumples con los requisitos de cotización y el cese se produce por causas ajenas.