Infórmate sobre las principales deducciones de Asturias para el IRPF y conoce los requisitos para aplicarlas en la Renta.
La mayoría de las deducciones del IRPF de Asturias son de familia.
También hay muchas por vivienda habitual o formación.
Se pueden combinar con las deducciones estatales; no son incompatibles.
Es necesario cumplir los requisitos establecidos y tener los justificantes por si hay que presentarlos.
Las deducciones autonómicas de Asturias pueden dividirse en varias categorías:
Deducciones por familia.
Si más de dos personas tienen derecho a una deducción de la Renta, el importe se divide entre ambas. Es necesario tener los tickets para demostrar que se tiene derecho a una deducción del IRPF.
El 3 %, hasta 15.000 €, de los gastos si la discapacidad es igual o superior al 65 %. Los familiares no pueden ganar más de 35.000 € al año. Si la persona con discapacidad se aplica la deducción, no podrán aplicarla los familiares. Bonificación del 15 % del IBI durante los seis primeros años.
El 100 % de los gastos, hasta 5.000 € en el año en que se haga la compra o rehabilitación y hasta 1.000 € los siguientes. Requisitos:
Debe ser la vivienda habitual durante un mínimo de 10 años.
El 10 % hasta 500 € o un 30 % hasta 1.500 € para jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas o monoparentales, mujeres víctimas de violencia de género o si es en un concejo en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica. Requisitos:
Debe ser vivienda habitual.
La suma de las bases imponibles no puede superar los 35.000 € o los 45.000 € (declaración conjunta).
Hasta 500 € si se alquila una vivienda habitual a un precio socialmente sostenible. Gastos como: reparaciones, mantenimiento o el certificado de eficiencia energética.
Para conocer los requisitos y toda la información sobre estas deducciones, puedes ver la página web de la Agencia Tributaria.
Sí, puedes aplicar ambas deducciones siempre que puedas justificarlas.
Los tramos del IRPF autonómicos son la parte de los tramos que depende de la autonomía.
Hacienda puede pedirte el contrato de alquiler, justificantes de pago o los datos del arrendador.
El contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria o la Hacienda de tu comunidad autónoma.