Infórmate sobre las principales deducciones autonómicas de Cataluña para la Renta y conoce los requisitos para aplicarlas en el IRPF.
Las deducciones del IRPF pueden ser de vivienda, familia, inversión, etc.
Si se cumplen los requisitos, las deducciones de Cataluña pueden combinarse con las estatales.
Es necesario cumplir los requisitos y tener justificantes por si los solicita Hacienda.
¿Has olvidado aplicar una deducción en la Renta? Presenta una rectificación.
En Cataluña, las deducciones autonómicas pueden dividirse en varias categorías:
Deducciones por vivienda.
Los contribuyentes pueden deducirse un 10 % del alquiler, con un límite de 500 € o de 1.000 € en declaración de la Renta conjunta. Requisitos (solo es necesario tener uno):
Haber estado dado de alta como demandante de empleo al menos 183 días.
No es necesario tener ninguno de los requisitos si el contribuyente es familia numerosa o monoparental. El límite en este caso también es de 1.000 €, pero la base imponible de la Renta (menos el mínimo personal y familiar) no puede superar los 30.000 € o los 45.000 € si es declaración conjunta.
20 % del alquiler con un límite de 1.000 €, o un 25 % con un límite de 1.200 € si la víctima tiene un descendiente a cargo o discapacidad igual o superior al 65 %. Requisitos:
La base imponible general y del ahorro (menos el mínimo personal y familiar) no puede superar los 30.000 €.
Hasta un 1,5 % por ha rehabilitación de una vivienda, hasta un máximo de 135,60 €. Requisitos:
Vivienda habitual.
Los residentes fiscales en Cataluña pueden deducir 300 € de la cuota íntegra autonómica, importe que se divide entre los dos progenitores. En caso de familia monoparental, el progenitor se podrá deducir 300 €.
Deducción de 150 €, o de 300 € si tienes, al menos, un hijo menor de 25 años que no presenta la declaración. Requisitos:
Haberte quedado viudo en el ejercicio fiscal 2025 o los dos años anteriores.
Deducción del 20 % con un límite de 3.000 € por las aportaciones. Requisitos:
Ser socio de la cooperativa con no más del 25 % de los votos.
El 40 % de la donación, con un máximo de 1.200 €. El porcentaje aumenta hasta el 50 %, con el mismo máximo, si la empresa pertenece a una universidad o centro de investigación. Requisitos.
Hasta 12.500 € | 12.500 € | 9,5 % | 1.187,50 € |
De 12.500 € a 22.000 € | 9.500 € | 12,50 % | 1.187,50 € |
De 22.000 € a 33.000 € | 11.000 € | 16 % | 1.760 € |
De 33.000 € a 53.000 € | 20.000 € | 19 % | 3.800 € |
De 53.000 € a 90.000 € | 37.000 € | 21,5 % | 7.955 € |
De 90.000 € a 120.000 € | 30.000 € | 23,5 % | 7.050 € |
De 120.000 € a 175.000 € | 55.000 € | 24,5 % | 13.475 € |
Más de 175.000 € | En adelante | 25,5 % | - € |
Sí, puedes aplicar ambas deducciones siempre que puedas justificarlas.
Los tramos del IRPF autonómicos son la parte de los tramos que depende de la autonomía.
Hacienda puede pedirte el contrato de alquiler, justificantes de pago, los datos del arrendador y un justificante que demuestre que la fianza se ha depositado en el Institut Català del Sòl.
El contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria o la Hacienda de tu comunidad autónoma.