Infórmate sobre las principales deducciones en la Renta de la Comunidad de Madrid y conoce los requisitos para aplicarlas en el IRPF.
Los contribuyentes pueden aplicarse deducciones en el IRPF por alquiler, hijos, familia numerosa, estudios, cuidado de mayores, inversión, etc.
La mayoría tiene límites de ingresos y es necesario conservar los justificantes.
Si olvidaste aplicar una deducción, puedes corregir la Renta con una rectificación.
Se pueden combinar con las deducciones estatales si se cumplen los requisitos.
Las deducciones autonómicas de Madrid se pueden agrupar en las siguientes categorías:
Los residentes fiscales de la Comunidad de Madrid que alquilen una vivienda y tengan menos de 40 años pueden deducirse hasta el 30 %del alquiler, con un máximo de 1.237,20 €. Requisitos:
La base imponible no debe superar los 26.414,22 € o 37.322,20 € si se presenta la Renta conjunta.
Hasta 1.000 € de deducción por cada vivienda que alquile el contribuyente si la vivienda ha estado vacía durante un año o más. Requisitos:
El contrato de alquiler debe ser de mínimo tres años y el contribuyente no puede poseer más de cinco inmuebles alquilados como vivienda habitual.
Los ciudadanos menores de 30 años con hipoteca pueden deducirse un 25 % de los intereses, hasta un máximo de 1.031 €. Requisitos:
La hipoteca debe ser de la vivienda habitual.
Por mudarse a un municipio despoblado, el contribuyente puede deducirse 1.000 €. Si compra una vivienda, puede deducirse un 10 % del precio de la vivienda. Requisitos:
Tener menos de 35 años.
Los residentes fiscales en Madrid pueden recibir 721,7 € por cada hijo nacido o adoptado a partir del 1 de enero de 2023. Antes de esa fecha, la deducción es de 600 € por hijo. Requisitos:
Los ingresos no pueden superar los 30.930 € o 37.322,20 € en tributación conjunta.
618,60 € para el primer menor; 773,25 € para el segundo menor; 927,90 € para el tercer menor o posterior. Requisitos:
El 50 % de la cuota íntegra hasta 6.186 € o 12.372 € en declaración conjunta. En familia numerosa especial, es hasta el 100 % de la cuota íntegra hasta 12.372 € o 24.744 € en declaración conjunta.
Hasta 1.546,50 € por cada persona mayor de 65 años o discapacitada con una minusvalía igual o superior al 33 %. Requisitos:
Los ingresos no pueden superar los 26.414,22 € o los 37.322,20 € en declaración conjunta.
10 % de la cuota íntegra autonómica si se tienen dos o más descendientes y rentas reducidas. Requisitos:
Los ingresos no pueden superar los 24.744 €.
Hasta 13.362,22 € | 13.362,22 € | 8,5 % | 1.135,79 € |
De 13.362,22 € a 19.004,63 € | 5.642,41 € | 10,7 % | 603,73 € |
De 19.004,63 € a 35.425,68 € | 16.421,05 € | 12,8 % | 2.101,89 € |
De 35.425,68 € a 57.320,40 € | 21.894,72 € | 17,4 % | 3.809,68 € |
Más de 57.320,40 € | En adelante | 20,5 % | - € |
La deducción por alquiler de vivienda habitual es una de las más utilizadas en la Comunidad de Madrid, aunque también son muy populares otras deducciones de vivienda y educación.
Sí, puedes aplicar ambas deducciones siempre que puedas justificarlas.
Hacienda puede pedirte el contrato de alquiler, justificantes de pago, los datos del arrendador y un justificante que demuestre que la fianza se ha depositado en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.