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Actualizado el: 17 de junio de 2026

Deducciones autonómicas Aragón 2025-2026

Infórmate sobre las principales deducciones autonómicas de Aragón y conoce los requisitos para aplicarlas en la Renta 2025-2026.

En pocas palabras

  • Las principales deducciones de la Renta en Aragón son de vivienda y familia.
  • Las deducciones autonómicas de Aragón fijadas para el ejercicio 2025 pueden combinarse con las estatales.
  • La Agencia Tributaria puede solicitar documentación que demuestre que se tiene derecho a las deducciones.
  • Se puede presentar una rectificación de la declaración de la Renta para añadir deducciones.

¿Cuáles son las deducciones autonómicas en Aragón?

Aragón tiene distintos tipos de deducciones autonómicas para sus contribuyentes, aunque pueden clasificarse en:

  • Deducciones por vivienda.
  • Deducciones por familia.
  • Otras deducciones.

Deducciones por vivienda

Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos

Si tienes menos de 36 años, puedes deducir el 5 % de las cantidades pagadas por la adquisición o rehabilitación de una vivienda que constituya o vaya a constituir tu vivienda habitual siempre y cuando sea tu primera vivienda y al vivienda esté situada en un municipio con de 3.000 habitantes o en una entidad local menor o en una entidad singular de población, separada o diferenciada de la capitalidad del municipio al que pertenecen.

Cuando la vivienda está en alguno de los asentamientos rurales con alto riesgo o con riesgo extremo de despoblación (Rangos VIII, IX y X), siempre que, además, tenga un Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) inferior a 100, la deducción es del 7,5 %.

Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a operaciones de dación en pago

Esta deducción permite desgravar el 10 % de las sumas satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual cuando el contrato de arrendamiento (con o sin opción de compra) se derive de una adjudicación del inmueble por dación en pago. La base máxima de deducción es de 4.800 € anuales. La suma de las bases imponibles del contribuyente no puede superar los 15.000 € en declaración individual o los 25.000 € en declaración conjunta.


La deducción solo será aplicable en el caso de la adjudicación de la vivienda habitual en pago de la totalidad de la deuda pendiente del préstamo o crédito garantizado mediante hipoteca de la citada vivienda y siempre que, además, se formalice entre las partes un contrato de arrendamiento con opción de compra de la misma vivienda.

Adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo

Los contribuyentes que tengan la condición legal de víctimas del terrorismo, o sus cónyuges e hijos a cargo, disponen de una deducción del 3 % sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición de su residencia habitual en la comunidad autónoma. Esta deducción se aplica de forma complementaria sobre la cuota íntegra autonómica y no requiere límites de ingresos específicos, siempre que el acto terrorista esté acreditado por resolución judicial o administrativa y la vivienda cumpla los requisitos de permanencia sectoriales.

Deducciones por familia

  • Nacimiento o adopción: 500 € por cada hijo nacido o adoptado que sea el tercer hijo o sucesivos, o 600 € si, además, la suma de las bases imponibles no supera los 23.000 € en tributación individual o los 35.000 € en tributación conjunta. Estas ayudas se incrementan si el contribuyente vive en un asentamiento rural con riesgo alto o extremo de despoblación, hasta 600 € y 720 €, respectivamente.
  • Adopción internacional: deducción de 600 € por cada menor adoptado en el extranjero durante el año fiscal. 720 € si el contribuyente vive en un asentamiento rural con riesgo alto o extremo de despoblación.
  • Gastos de guardería: deducción del 15 % sobre los importes totales pagados por la custodia de hijos menores de tres años en escuelas infantiles o guarderías autorizadas de la región. El límite máximo permitido para esta desgravación es de 250 € anuales por cada hijo. En el año en el que el menor cumpla los tres años, 125 €.
  • Cuidado de personas dependientes: 150 € por el cuidado de cada ascendiente directo mayor de 75 años o descendiente o ascendiente directo que conviva con el contribuyente y acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. El dependiente no puede obtener rentas anuales superiores a 8.000 €.
  • Contribuyentes mayores de 70 años: 75 € para contribuyentes que tengan 70 años o más y obtengan rendimientos integrables en la base imponible general, siempre que no procedan exclusivamente del capital.

Para aplicar estas deducciones la suma de las bases imponibles no puede superar los 23.000 € en tributación individual o los 35.000 € en tributación conjunta.

Otras deducciones

  • Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico: el 20 % de las donaciones dinerarias efectuadas en favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus universidades públicas o institutos de investigación oficialmente reconocidos.

  • Inversión en empresas de nueva o reciente creación o en entidades de la economía social: el 20 % del capital aportado en el año. El límite máximo anual de esta deducción se fija en 4.000 €. Esta medida exige que la participación adquirida por el inversor se mantenga en su patrimonio durante un plazo mínimo de tres años y que la sociedad tenga su domicilio social y fiscal ubicado en Aragón.
  • Por adquisición de libros de texto y material escolar: el 100 % de las cantidades destinadas a la adquisición de libros de texto para primaria y secundaria obligatoria (ESO), así como los gastos en material escolar básico. El importe máximo, por tramos, varía en función de los ingresos de la unidad familiar. Para familias con ingresos muy reducidos, los límites de desgravación por hijo son más elevados, y los umbrales máximos de base imponible general se amplían si el contribuyente tiene la condición de familia numerosa.

Preguntas frecuentes sobre las deducciones de la Renta 2026 en Aragón

Sí, puedes aplicar ambas deducciones siempre que puedas justificarlas.
Los tramos del IRPF autonómicos son la parte de los tramos que depende de la autonomía.
Hacienda puede pedirte el contrato de alquiler, justificante de haber depositado la fianza del alquiler en Finanzas de arrendamientos de Aragón y los datos del arrendador.

El contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para más información, consulta con tu asesor fiscal o directamente con la Agencia Tributaria o la Hacienda de tu comunidad autónoma.